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Actualidad / Económico

CORONAVIRUS: Primer tramo de la línea de avales de ICO para empresas y autónomos

27/03/2020

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de marzo de 2020, ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueban las características del primer tramo de la línia de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.


Los requisitos para beneficiarse de los avales son los siguientes:


PRÉSTAMOS ELEGIBLES

Préstamos y otras operaciones otorgados a empresas y autónomos que tengan domicilio social en España y se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que:

- Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo de 2020.

- Los acreditados no figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.

- Los acreditados no estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.


IMPORTE MÁXIMO DEL PRÉSTAMO AVALADO

Hasta un máximo de 1,5 miliones de euros en una o varias operaciones de préstamo a autónomos y empresas.


PORCENTAJE MÁXIMO DEL AVAL

En el caso de pymes y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación.

En empresas que no reúnan la condición de pyme el aval cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación.


PLAZO DE SOLICITUD

Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línia con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.


PLAZO DE VENCIMIENTO DEL AVAL

El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años.