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Actualidad / Económico

Plan de ayuda al Comercio

07/05/2020

El consorcio de Comercio, Artesanía y Moda (CCAM) de la Generalitat de Cataluña ha puesto en marcha un plan de ayuda al comercio para reactivar la actividad económica derivada de la emergencia sanitaria de la COVID-19.

El plan va dirigido a autónomos, pimes y microempresas de comercio al detalle y servicios, artesanía y moda, tanto individuales como asociaciones o agrupaciones que cumplen los siguientes requisitos:

- Que hayan estado obligadas a cerrar a consecuencia de la declaración del estado de alarma.

- Que haya sufrido un descenso del 70% de la facturación, en los meses de marzo y abril, respecto a los mismos meses de 2019.

El plan incluye los siguientes programas específicos:


PROGRAMA DE REACTIVACIÓN DEL COMERCIO

Programa previsto para acciones que lleven a cabo empresas durante el período de recuperación económica debido a los efectos de la COVID-19, es decir, cualquier acción que pueda suponer para la empresa una recuperación o incremento del volumen de ventas, así como la estimulación de la demanda, y fortalecer la solvencia financiera, y todas aquellas actuaciones que fomenten la creación de sistemas efectivos y ágiles de venta on-line y su logística.

La máxima cuantía que se otorgará por beneficiario será de 2.500€.


PROGRAMA DE AYUDA A LA INVERSIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE COMERCIOS Y MEJORA COMERCIAL DE ESTABLECIMIENTOS

Programa previsto para las siguientes aciones subvencionables:

Ámbito 1: recuperación de locales vacíos

- La compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales.

- El uso de escaparates de locales cerrados.

- La continuidad de empresa comercial.

- La ampliación de la superficie de venta anexionando un nuevo local.

Ámbito 2: reforma de establecimientos

- La reforma de establecimientos en paradas de mercados municipales sedentarios.

- La adecuación de las paradas de mercados no sedentarios (donde el solicitante acredite la titularidad de, como mínimo, los últimos 5 años).

- La reforma de establecimientos de tiendas a pie de calle que tengan una antigüedad mínima de 10 años. (donde el solicitante acredite la titularidad de, como mínimo, los últimos 10 años).

La cuantía dela subvención es de hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000€


PROGRAMA PARA LA REACTIVACIÓN DE LA MODA CATALANA

Programa previsto para los profesionales autónomos y empresas de diseño de moda y empresas textiles que se dediquen en exclusiva a la fabricación de productos para el sector de la moda que acrediten que por orden del Real Decreto 463/2020, 14 de marzo, en el que se declara el estado de alarma, derivado de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, tuvieron que cerrar o acrediten un descenso de la facturación de, como mínimo el 70% (incluida la facturación on-line) en la suma de la facturación de los meses de marzo y abril del 2020, respecto al mismo periodo del año anterior.

No podrán ser beneficiarios importadores y distribuidores.

Solo podrá ser beneficiaria la persona física o jurídica por cada marca comercial

La cuantía de la subvención es de hasta el 100% de los gastos subvencionables y con un máximo de 2.500€


PROGRAMA PARA LA REACTIVACIÓN DE LA EMPRESA ARTESANA

Programa previsto para los profesionales autónomos y empresas que desarrollen y tengas dominio técnico de las actividades incluidas en el repertorio de familias de oficios artesanales publicado en el anexo del Decreto 182/2014, de 30 de diciembre, sobre actividades artesanales, que acredite que por orden del Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo, en el que se declaró el estado de alarma, derivado de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, tuvieron que cerrar o que acrediten un descenso de la facturación de, como mínimo el 70% (incluida la facturación on-line) en la suma de la facturación de los meses de marzo y abril del 2020, respecto al mismo periodo del año anterior.

Se excluye expresamente la artesanía alimentaria y aquella que no esté detallada en el anterior mencionado Repertorio de familiar de oficios artesanales. 

Solo podrá ser beneficiaria la persona física o jurídica por cada marca comercial

La subvención se prevé para cualquier acción que se lleve a cada durante el periodo de recuperación económica derivados de los efectos de la COVID-19, es decir, cualquier acción que pueda suponer un incremento del volumen de negocio y que ayude a reactivar la producción y comercialización de productos artesanos, así como la estimulación de la demanda de artesanía.

La cuantía de la subvención es de hasta el 100% de los gastos subvencionables y con un máximo de 2.500€