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Actualidad / Fiscal

Los sábados ya no cuentan como días hábiles para los plazos adminstrativos

11/10/2016

La Ley 39/2015 de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que entró en vigor el pasado 2 de Octubre de 2016, considera inhábiles los sábados a efectos del cómputo de plazos administrativos, tanto a nivel nacional, autonómico como local.


Así, la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, órgano superior del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha aprobado el nuevo Calendario de Días Inhábiles comprendido entre el 2 de Octubre y el 21 de Diciembre de 2016 para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos a efectos de cómputo de plazos.


Por tanto, són días inhábiles, en el ámbito de la Administración General del Estado, los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.


Calendario de días inhábiles para 2016

Calendario de días inhábilies para 2016 a partir del 2 de Octubre